Respuesta presentado en la Consejería de Economía y Hacienda por la entidad consultante, el día 6 de agosto de 1996 (R.E. 307 )en el que se formula consulta tributaria relativa al Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), esta Dirección General de Tributos, en uso de la atribución conferida en la Disposición Adicional Décima Tres de la CREATU PRIMERA FACTURA Las facturas de proveedores canarios van generalmente sin IGIC ni IVA. Según se trate de un bien o servicio, su tratamiento contable y fiscal varía.
2Operaciones basadas en Servicios. Cuando el empresario Canario va a prestar sus servicios a la Península, se considera una operación no sujeta al IGIC, dado
Entrelas novedades propuestas en el marco del régimen tributario aplicable en Canarias se ha de destacar la recuperación, en al ámbito del IGIC, de la conocida como “franquicia fiscal”, así como la modificación en la aplicación de determinados tipos de gravamen del Impuesto, como la reducción del tipo de gravamen del 7% al 3% en las
ElIGIC es el equivalente del IVA en la Península y Baleares. Viene regulado en la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias (de Modelostributarios / Programas de ayuda: IGIC. Modelo 400. Declaración censal de comienzo, modificación o cese . - Orden: 26/10/2010 (BOC nº 225, 16/11) y Resolución de 10/06/13 por la que se modifica el modelo 400 (BOC nº 114, de 17/06) y Resolución de 20/12/2013 por la que se modifica el modelo 400 (BOC Nº 250, de 30/12) 4H1Yi. 105316524743471241126191